Normas que tienen que cumplir los espectaculares

Aunque los espectaculares fomentan el desarrollo económico de la Ciudad de México, también es importante que se encuentren en armonía con el paisaje urbano; ante ello, hay una regulación, pues la publicidad exterior desordenada y la saturación publicitaria causan contaminación visual.

Se encuentra la regulación a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), por medio de la Ley de Publicidad Exterior, la cual determina que no puede haber espectaculares en las azoteas de edificaciones públicos o privados.

Empero, pueden colocarse estos anuncios en los llamados corredores publicitarios; es decir, las vías primarias de la CDMX que determine la ley; además de que deben sostenerse de una columna.

Los corredores publicitarios son: Anillo Periférico, en el tramo comprendido por los boulevares Manuel Ávila Camacho, Adolfo López Mateos, Adolfo Ruiz Cortines y la avenida Canal de Garay; Río San Joaquín; Eje 3 Oriente Francisco del Paso y Troncoso, y Avenida Vasco de Quiroga.

Con información de Ciudadanos en Red

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